Una persona en bicicleta hace algo que la ley de California fomenta y protege, y sin embargo casi no tiene nada entre ella y un vehículo de dos toneladas. Un conductor que se desvía hacia la derecha en una intersección, abre una puerta sin mirar o rebasa demasiado cerca puede causar lesiones que tardan meses en sanar y a veces nunca sanan por completo. Las bicicletas eléctricas agregan velocidad a la misma exposición, y por eso los choques de bicicletas eléctricas con tanta frecuencia involucran fracturas, lesiones de hombro y cadera, y traumatismos en la cabeza.
Manoukian Law Firm representa a ciclistas lesionados en todo California desde una oficina en Topanga Canyon Boulevard, en Chatsworth. Cada caso se prepara como si fuera a juicio. A usted no lo pasan a un administrador de casos que nunca ha conocido. Cada expediente se construye como si fuera a juicio, porque eso es lo que le da peso a un reclamo.
Qué hacer después de un choque en bicicleta
- Llame al 911 y pida tanto policía como paramédicos, aunque se sienta capaz de ponerse de pie. La adrenalina esconde las lesiones durante horas.
- Hágase revisar en una sala de emergencias o en una clínica de atención urgente el mismo día. Un vacío entre el choque y la primera visita médica es el argumento más común que se usa para reducir un reclamo.
- Fotografíe todo antes de que lo muevan: la bicicleta, el vehículo, la vía, las marcas de frenado, las marcas del carril de bicicletas, su ropa y sus lesiones.
- Consiga nombres y números de teléfono de los testigos. Los reportes policiales con frecuencia anotan solo uno o dos, y después los testigos se vuelven imposibles de localizar.
- No repare ni deseche la bicicleta, el casco ni ningún dispositivo electrónico dañado. Son evidencia, y el controlador de una bicicleta eléctrica puede guardar datos de velocidad.
- Reporte la colisión al DMV en el formulario SR-1 dentro de diez días si alguien resultó lesionado o si los daños materiales superan $1,000 (Código de Vehículos sección 16000, Veh. Code 16000). El formulario está disponible en dmv.ca.gov.
- Niéguese a dar una declaración grabada a la compañía de seguros del conductor antes de haber hablado con un abogado.
Cómo funcionan estos casos en California
Bajo el Código de Vehículos sección 21200 (Vehicle Code 21200), una persona que va en bicicleta por una vía pública tiene todos los derechos y todos los deberes del conductor de un vehículo. Esa sola regla decide una gran cantidad de disputas. Un ciclista que circula legalmente por un carril de tránsito no está en un lugar donde no le corresponde estar, y un conductor le debe el mismo cuidado que a cualquier otro vehículo. Puede leer la ley directamente en leginfo.legislature.ca.gov.
El Código de Vehículos sección 21760 (Vehicle Code 21760), la regla de los tres pies al rebasar, exige que un conductor que rebasa a una bicicleta en la misma dirección lo haga a una distancia de al menos tres pies entre cualquier parte del vehículo y cualquier parte de la bicicleta o del ciclista. Si los tres pies no son posibles dadas las condiciones del tránsito y de la vía, el conductor debe reducir a una velocidad razonable y prudente y rebasar solo cuando no ponga en peligro al ciclista. Las colisiones por roce lateral y por rebase demasiado cercano con frecuencia dependen de esta sección.
Otros dos principios importan en casi todo caso de bicicleta. California sigue la negligencia comparativa pura, establecida en Li v. Yellow Cab (1975): si se determina que el ciclista tuvo parte de la culpa, la recuperación se reduce en esa proporción en lugar de eliminarse. Las aseguradoras suelen argumentar que el ciclista iba demasiado a la izquierda, no llevaba luces o entró rápidamente en un cruce peatonal. Esos argumentos afectan el porcentaje; no terminan el reclamo. Y los daños médicos se miden por lo que realmente se pagó o todavía se debe bajo Howell v. Hamilton Meats (2011), y por eso los registros de facturación y de gravámenes importan tanto como los expedientes de tratamiento.
Las bicicletas eléctricas circulan en el mismo entorno de tránsito y las mismas reglas de la vía rigen la conducta del conductor hacia ellas. La diferencia práctica es la velocidad, que cambia tanto la gravedad de la lesión como la reconstrucción del accidente. Los casos que involucran dispositivos de Lime y Bird se rigen por un conjunto de reglas distinto para scooters motorizados, y los cubrimos en nuestra página de Lesiones en Scooter.
Cómo maneja Manoukian Law Firm los casos de bicicleta y bicicleta eléctrica
El primer trabajo es la preservación. El video de vigilancia de intersecciones y negocios con frecuencia se sobrescribe en cuestión de días, así que enviamos cartas de preservación desde el inicio y salimos a buscar cámaras que un reporte policial nunca menciona. Obtenemos el reporte de colisión de tránsito, solicitamos el audio del 911 y los registros del despacho asistido por computadora cuando existen, y localizamos a los testigos mientras los recuerdos están frescos.
Después viene la evidencia física. La bicicleta misma cuenta una historia sobre la dirección y la fuerza del impacto. El daño al casco, la ropa y la posición de los restos ayudan a establecer en qué parte del carril iba el ciclista. En casos graves contratamos a un ingeniero de reconstrucción de accidentes y, cuando hay una lesión en la cabeza, coordinamos con los médicos tratantes y un neuropsicólogo para que el expediente refleje la lesión completa y no solo la visible.
La documentación médica es donde los casos se ganan o se pierden. Nos aseguramos de que usted reciba tratamiento con médicos que lo examinen con cuidado y escriban con claridad, reunimos los expedientes y la facturación completos, y damos seguimiento a los saldos de gravámenes para que las cifras finales sean exactas. Cuando presentamos el reclamo a la compañía de seguros, está respaldado por expedientes, por estudios de imagen, por documentación de salarios y por un panorama claro de la responsabilidad. Si la oferta no refleja el daño, presentamos la demanda y preparamos el caso para un jurado. Los casos graves del San Fernando Valley generalmente se ven en el distrito North Valley de la Corte Superior de Los Ángeles en Chatsworth o en el distrito Northwest en Van Nuys.
Qué se puede recuperar
La ley de California permite que un ciclista lesionado recupere la atención médica pasada y futura, incluidas la cirugía, la terapia y el tratamiento que razonablemente se espera en los años por venir. Los ingresos perdidos y la pérdida de capacidad de ingreso son recuperables, incluidos los ingresos por trabajo independiente que con frecuencia son más difíciles de documentar. Los daños a la propiedad incluyen la bicicleta, el casco y el equipo destruido con ellos.
Los daños no económicos cubren el dolor, la limitación física, la pérdida de sueño y la pérdida de las actividades que formaban parte de su vida antes del choque. Aquí no hay fórmulas ni promesas. Lo que sí podemos hacer es documentar el daño a fondo y presentarlo con honestidad.
Plazos
La mayoría de los reclamos por lesiones personales en California deben presentarse dentro de dos años a partir de la lesión (Código de Procedimiento Civil sección 335.1, Code Civ. Proc. 335.1). Si hay una entidad gubernamental involucrada, por ejemplo una condición peligrosa de la vía, un vehículo de la ciudad o un autobús de transporte público, primero debe presentar un reclamo por escrito ante esa entidad dentro de seis meses (Código de Gobierno sección 911.2, Gov. Code 911.2), con un plazo más corto para demandar después de que el reclamo es rechazado. Seis meses llegan rápido. Si existe cualquier posibilidad de que una entidad pública haya tenido un papel, hable con un abogado temprano y no tarde.
Preguntas frecuentes
¿No haber usado casco arruina mi reclamo?
No. California exige casco para los ciclistas menores de 18 años, y un adulto que va sin casco no queda impedido de recuperar. Bajo la negligencia comparativa pura, la ausencia de casco puede argumentarse para reducir los daños relacionados con una lesión en la cabeza, pero no afecta la responsabilidad por la colisión misma ni por las lesiones en otras partes del cuerpo.
¿Qué pasa si el conductor se dio a la fuga?
Los casos de bicicleta con conductores que se dan a la fuga con frecuencia se resuelven mediante la cobertura contra conductores sin seguro de su propia póliza de auto, que las aseguradoras están obligadas a ofrecer bajo el Código de Seguros sección 11580.2 (Insurance Code 11580.2). Muchos ciclistas no saben que su póliza de auto puede cubrirlos mientras van en bicicleta. Revisamos cada póliza del hogar.
El conductor solo tenía el seguro mínimo. ¿Eso es todo lo que hay?
No necesariamente. Desde el 1 de enero de 2025, los límites mínimos de responsabilidad civil en California son $30,000 por persona, $60,000 por accidente y $15,000 por daños a la propiedad (Código de Vehículos sección 16056, Veh. Code 16056). Cuando las lesiones superan esos límites buscamos cobertura contra conductores con seguro insuficiente, un empleador cuyo conductor estaba trabajando, una póliza comercial o una parte responsable más allá del conductor.
¿Tengo un caso si iba fuera del carril de bicicletas?
Posiblemente. A los ciclistas se les permite salir del carril de bicicletas por muchas razones, incluidas evitar escombros, autos estacionados y puertas que se abren. Dónde iba usted es un hecho que debe establecerse, no una respuesta automática, y es una de las razones por las que las fotografías y los testigos importan tanto.
¿Cuánto cuesta contratar a la firma?
Nada por adelantado. Los casos de bicicleta se manejan con honorarios de contingencia, y no cobramos honorarios a menos que ganemos para usted. La consulta es gratuita.
Si usted o alguien de su familia fue atropellado mientras iba en bicicleta, llame a Manoukian Law Firm al (818) 818-5031. Hablamos inglés, español y armenio, y si le resulta difícil trasladarse nos reunimos con usted por teléfono, por video o en el hospital. También puede comunicarse con nosotros a través de nuestra página de contacto, leer más sobre la firma o ver trabajo relacionado en Accidentes de Peatones, Accidentes de Auto y Lesiones Cerebrales.
Atendemos clientes en toda California
La oficina está en Topanga Canyon Boulevard en Chatsworth, y la firma representa a personas lesionadas en toda California. Si no puede viajar, nos reunimos por teléfono, por video o en el hospital.
La mayoría de nuestros clientes viven en el Valle de San Fernando: Chatsworth, Northridge, Reseda, Canoga Park, San Fernando y Simi Valley. Vea todas las comunidades que atendemos.

